Diario Oficial de la Federación

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.- Centro de Investigación Científica y de Educación Superior de Ensenada, Baja California.

ASUNTO:   Días inhábiles del ejercicio 2023 para el Centro de Investigación Científica y de Educación Superior de Ensenada, Baja California (CICESE).

L.C. Saúl Moisés López Medina, Representante Legal y Director Administrativo del Centro de Investigación Científica y de Educación Superior de Ensenada, Baja California, Centro Público de Investigación del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, con fundamento en los artículos 28 y 30 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 74 de la Ley Federal del Trabajo; 1o., 3o., fracción I y 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 2o., 3o., 12, 37 y 59 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 47 de la Ley de Ciencia y Tecnología, así como lo establecido en artículo 12 fracción IV, 21, fracción I, II y V del Estatuto Orgánico del Centro de Investigación Científica y de Educación Superior de Ensenada, Baja California.

CONSIDERANDO

Que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo es el ordenamiento legal que regula los actos, estableciendo en su artículo 28 que las actuaciones y diligencias deben ser practicadas en días y horas hábiles, y señalando como inhábiles los días sábados, domingos, el 1 de enero; 5 de febrero; 21 de marzo; 1 de mayo; 5 de mayo; 1 y 16 de septiembre; 20 de noviembre; 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, y el 25 de diciembre, así como los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores, los que se harán del conocimiento público mediante acuerdo del titular, que será publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Que la Ley Federal del Trabajo establece en su artículo 74 como días inhábiles el 1 de enero; el primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero; el tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo; el 1o. de mayo; el 16 de septiembre; el tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; el 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal; el 25 de diciembre, y el que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

Que se han tomado en consideración las disposiciones jurídicas aplicables en materia administrativa y laboral permitiendo con ello dar certeza jurídica respecto de los actos que realice el Centro de Investigación Científica y de Educación Superior de Ensenada, Baja California, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE SEÑALAN LOS DÍAS INHÁBILES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO
FISCAL 2023 PARA EL CENTRO DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y DE EDUCACIÓN SUPERIOR DE
ENSENADA, BAJA CALIFORNIA

Artículo 1.- Se establecen para el año 2023 como días de suspensión de labores del Centro de Investigación Científica y de Educación Superior de Ensenada, Baja California, durante los cuales no correrán plazos, ni vencerán términos legales, además de los sábados y domingos, los siguientes:

a)    01 de enero del 2023. Año nuevo.

b)    06 de febrero del 2023. En conmemoración del 05 de febrero por promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

c)    20 de marzo del 2023. En conmemoración al 21 de Marzo por natalicio de Don Benito Juárez García, Benemérito de las Américas.

d)    01 de mayo del 2023. Día del Trabajo

e)    Periodo del 17 de Julio al 28 de Julio del 2023. Primer periodo vacacional.

f)     16 de septiembre del 2023. Aniversario de la Independencia de México.

g)    20 de noviembre del 2023. En conmemoración del 20 de noviembre por aniversario de Revolución Mexicana.

h)    Periodo del 18 de diciembre al 29 de diciembre del 2023. Segundo periodo vacacional.

i)     25 de diciembre del 2023. Navidad 2023.

Articulo 2.- De acuerdo a la cláusula 55 del Contrato Colectivo del Trabajo, se establecen como días discrecionales para la suspensión de labores en el Centro de Investigación Científica y de Educación Superior de Ensenada, Baja California, para el año 2023, durante los cuales no correrán plazos, ni vencerán términos legales, los siguientes:

a)    Periodo del 02 de enero al 06 de enero del 2023. Periodo discrecional de descanso.

b)    Periodo del 03 al 07 de abril del 2023. Periodo discrecional de descanso.

c)    05 de mayo del 2023. Descanso discrecional en conmemoración de la batalla de Puebla.

d)    02 de noviembre del 2023. Descanso discrecional Día de Muertos.

Artículo 3.- Se consideran como inhábiles, para todos los efectos legales, los días señalados en el artículo 1 del presente acuerdo, por lo que en esos periodos no correrán los plazos que establecen las leyes, ni vencerán términos legales.

Respecto a los días establecidos en el artículo 2, se considerarán inhábiles para efectos de que, en esas fechas no correrán los plazos que establecen las leyes ni vencerán términos legales, sin embargo, conservarán el carácter de días de descanso discrecionales de conformidad a normativa interna del CICESE, es decir se disfrutarán siempre y cuando las tareas asignadas lo permitan y con consentimiento previo de área.

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Atentamente

Ensenada, Baja California a 1 de noviembre de 2022.- Representante Legal y Director Administrativo, L.C. Saúl Moisés López Medina.- Rúbrica.

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